| El “Reglamento del Archivo y de la Biblioteca de la Catedral
de Salamanca” (Capítulo III. De la difusión,
acceso y reproducción de documentos) establece
para el servicio de documentos las siguientes normas: |
| Art.
29. El acceso de los investigadores
a la documentación de carácter histórico inventariada,
fondos de la biblioteca y a los instrumentos de descripción
que se conservan en el centro será libre. Quedará
prohibida la consulta de aquellos documentos que contengan informaciones
que afecten a la intimidad de las personas, se encuentren deteriorados,
se hallen incluidos en procesos de tratamiento, o trabajos inéditos
que no cuenten con el los permisos del autor. Del mismo modo se
limitará el acceso a los documentos que cuenten con reproducciones,
copias o transcripciones.
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| Art.
30. Para el conveniente control, todos los usuarios
que consulten los fondos del archivo y la biblioteca, tendrán
libre acceso al área pública del centro (entrada,
Sala de Investigadores). Quedará totalmente prohibida la
entrada a los depósitos a quienes no formen parte del personal
del archivo
Art. 31. Podrán tener acceso a las áreas
reservada y privada (depósitos y sala de trabajo del personal)
de forma extraordinaria y exclusiva alumnos en prácticas
de universidad, y visitas facultativas de centros de estudios superiores.
Para el segundo caso deberán concertar previamente el día
y la hora de visita, y serán guiadas por personal del archivo.
Además, cada grupo, en ningún caso, podrá superar
el número de quince alumnos.
Art. 32. Toda persona que desee realizar trabajos
de investigación en el centro deberá acreditar su
condición fehaciente como investigador.
Art. 33. Para el control del acceso a la documentación,
el estudio estadístico y la mayor asistencia a la comunidad
científica, se deberá abrir un expediente de usuario
a todo investigador que se de servicio, donde se irán incorporando
todos los documentos de dicho usuario en relación con las
investigaciones en el centro, tales como alta de investigador, copia
de documento de identificación, carta de presentación,
solicitud de documentación, solicitudes de reprografías
y edición, correspondencia, ... o antiguas fichas de investigador
(véanse los Anexos VI, VII, VIII y IX). Todos los datos que
se aporten a cada expediente gozarán de total privacidad.
Art. 34. El centro permanecerá abierto todos
los días del año de lunes a viernes, salvo los días
festivos indicados por el calendario oficial de fiestas laborales.
El horario de estudio e investigación para
los usuarios será de 10 a 14 y de 16,30 a 19,30 horas.
Art. 35. Con el fin de extremar las medidas de
seguridad, para acceder a la Sala de Investigadores, sólo
se podrá portar un lapicero y hojas de papel sueltas o en
su caso un ordenador portátil; el resto de objetos que se
lleven se depositarán en dependencias asignadas para ello.
Por los mismos motivos queda totalmente prohibido fumar en todas
las instalaciones del centro. También, para favorecer en
la mejor medida la actividad investigadora, se deberá guardar
el mayor silencio en las zonas de trabajo y estudio.
Art. 36. Documentos y material bibliográfico
deberán ser tratados con el máximo cuidado. Quedará
totalmente prohibida cualquier modificación del estado de
los mismos, así como realizar anotaciones o cambiar su orden
interno. |

| Inventario
del Archivo (1769) |
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Art. 37.
Cuando el estado de conservación de documentos
y obras no aconseje su consulta, se excluirán del servicio
público, y en la medida de lo posible se realizarán
las correspondientes reproducciones.
Art. 39. 1. El servicio de documentos
y lectura a usuarios será efectuado en la Sala de Investigadores,
y de forma exclusiva, por el personal del centro. 2.
Sólo se servirán dos documentos a la vez para cada
investigador, salvo para la documentación de música
a papeles que se restringirá a uno.
Art. 41. Una faceta fundamental dentro de la política
archivística será el fomento del servicio de reprografías
para preservación de originales, como archivo de copias de
seguridad, difusión de documentos que por su grado de deterioro
no pueden ser consultados y en definitiva de todo el patrimonio
documental y bibliográfico del centro catedralicio.
Art. 42. El personal del archivo proporcionará
a sus usuarios las reproducciones de documentos, con excepción
de los que se encuentren deteriorados, siempre con el fin de facilitar
la difusión de la información e investigación,
y nunca con fines contrarios a los de la institución. Por
este servicio, el Cabildo cada año fijará el precio
que considere oportuno por unidad.
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Art.
44. Las restricciones que habrá para la realización
de reproducciones serán:
a) la documentación que se encuentre fuera
de consulta, salvo para el caso de reproducciones de documentos
que estén fuera de consulta únicamente por mala conservación.
b) Cuando los sistemas de reproducción contribuyan
al deterioro de los documentos.
c) Cuando se trate de una cantidad importante,
para lo que se necesitará un permiso expreso del Cabildo
o a la comisión en que delegue éste.
d) Para instrumentos de descripción del
archivo (inventarios, catálogos, índices,...).
e) Para obras publicadas y trabajos inéditos
se atenderá lo dispuesto en la legislación sobre propiedad
intelectual y derechos de autor.
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Art. 45.1.
De la autorización a realizar reproducciones, queda excluida
cualquier cesión de los derechos de propiedad intelectual
para quienes las realicen u obtengan. 2. Quedará
prohibida toda reproducción de las copias que se hayan obtenido
en el centro, si no se tiene la autorización correspondiente
por parte del Cabildo.
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| Art. 46. Las
reproducciones de documentación de la Catedral serán
realizadas de forma exclusiva por servicios del centro.
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Art. 47. Todo investigador
que publique total o parcialmente información extraída
del archivo (en revistas, catálogos de exposiciones, monografías,
etc.), deberá solicitar previamente su autorización
al Cabildo, además de citar la fuente de información.
También deberá facilitar un ejemplar para la biblioteca,
con el fin de que sirva de apoyo a otros investigadores. |
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La Catedral restaura trece lienzos gracias al patrocinio de la Fundación Reale
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